Buenos Aires, 19 de abril de 2021

Señor Presidente de la

Corte Suprema de Justicia de la Nación,

Dr. Abog. Carlos Rozenkrantz

Tenemos el agrado de dirigirnos a V.E. en nuestro carácter de Presidente y Secretario de esta Coordinadora (CEPUC), entidad que nuclea a Auxiliares de la Justicia de muy distintas disciplinas, los que en conjunto representan la mayor parte de los que se inscriben anualmente para actuar en la Justicia en tal calidad.

Observamos que en el texto de la Acordada 6/2021 emitida por esa Corte Suprema con fecha 16/4/21, se establece un arancel para la inscripción de peritos de $ 1.500, lo que representa un incremento del 200 % respecto de la anterior, que era de $ 500.

Si bien es de público conocimiento el proceso inflacionario en que se encuentra inmerso nuestro país, también es de conocimiento del Poder Judicial, la situación de los Auxiliares de la Justicia matriculados en nuestros Consejos y Colegios.

Se debe tener presente que el trabajo en sus diversas formas no se presume gratuito, y dado que el profesional que interviene como Auxiliar de la Justicia no es personal de la planta permanente del Poder Judicial, la remuneración de los peritos proviene de su prestación personal, la cual debe ser compensada con honorarios que revisten carácter alimentario.

Sin embargo, la realidad es que los Auxiliares de la Justicia se enfrentan a honorarios regulados no acordes con la tarea desarrollada, los cuales muchas veces son incobrables, con largos procesos, incluidos los beneficios de litigar sin gastos.

Ha de tenerse en cuenta que, además de las situaciones mencionadas, el perito debió incurrir en nuevos y mayores costos durante la pandemia, tales como la adquisición de elementos tecnológicos, contratación de mayores servicios de comunicación, y viáticos de traslado al no ser personal esencial, entre otros.

Adicionalmente, debe considerarse que durante el año 2020 -y estimamos que lo mismo ocurrirá en el año 2021- la actividad de los peritos ha mermado considerablemente, por un escaso número de designaciones, debido a la imposibilidad del trabajo presencial y de la baja actividad de algunos fueros.

Es de advertir también el hecho de que el profesional está siendo obligado a realizar un pago para tener derecho a trabajar en el marco de una profesión para la cual ya se encuentra habilitado.

El pago de una nueva suma, ahora con un incremento significativo, a cambio de una potencial pero insegura afectación laboral, resulta claramente perjudicial para los Auxiliares de la Justicia, más aún en este período de pandemia.

Por lo tanto, atento lo resuelto por los Señores Ministros en la Acordada 6/2021 y lo expuesto precedentemente, solicitamos la eximición del pago del arancel establecido por la Acordada 34/2015 para la inscripción del período 2022.

Sin otro particular, y esperando una respuesta favorable, saludamos a V.E. con nuestra consideración más distinguida.

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Arq. Carlos A. Marchetto Dr. Gerardo C. Luppi

Secretario de CEPUC Presidente de CEPUC